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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272180
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Cuarta Parte; Pág. 47
ARRENDAMIENTO POR TIEMPO INDEFINIDO. EFECTOS DE UN SEGUNDO AVISO SOBRE LA TERMINACION DEL CONTRATO DE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Cuarta Parte; Pág. 47
En caso de un contrato de arrendamiento por tiempo indefinido, notificado el inquilino por medio de una diligencia de jurisdicción voluntaria de la decisión del dueño de dar por terminado el contrato y seguido el juicio respectivo por falta de desocupación, si encontrándose pendiente éste en segunda instancia el actor promoviere unas segundas diligencias para notificar nuevamente al inquilino la terminación del mismo contrato a que se refiere el juicio, esto no es suficiente para comprobar que el actor se desistía de su propósito de dar por terminado el contrato y que por lo mismo se conformaba con la sentencia de primera instancia que le fue adversa, sino más bien era una reiteración de su deseo de que se terminara el arrendamiento.
Precedentes
Amparo directo 763/57. Constantino Díaz García. 7 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.