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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272193
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Cuarta Parte; Pág. 100
ENRIQUECIMIENTO ILEGITIMO, DETERMINACION DEL, EN LA EJECUCION DE SENTENCIA (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Cuarta Parte; Pág. 100
Es legal que en la ejecución de sentencia se determine todo aquello en lo cual consiste el enriquecimiento ilegítimo obtenido por el demandado, con motivo de haber disfrutado de los bienes donde recayeron los derechos hereditarios, cuya cesión se declaró inexistente, y que equivale al empobrecimiento sufrido por el actor, de lo que deberá ser indemnizado.
Precedentes
Amparo directo 2633/58. Donato Antonio Pérez. 7 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: José López Lira.