Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/272205
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272205
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Cuarta Parte; Pág. 136
JUSTO TITULO. CONCEPTO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE OAXACA).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Cuarta Parte; Pág. 136
Es verdad que la ley requiere, para que la posesión pueda producir la prescripción, que se funde en justo título, pero también lo es que al hablar de título no se refiere a documento sino a la causa de la posesión, esto es, al acto que le dio origen; ni exige, tampoco, que el título sea perfecto, sino que basta que fundadamente pueda creerse que es suficiente para transferir el dominio.
Precedentes
Amparo directo 5782/57. Juan de Dios Flores. 8 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen I, Cuarta Parte, página 128, tesis de rubro "PRESCRIPCION POSITIVA. POSESION CON JUSTO TITULO (LEGISLACION DE GUANAJUATO).".