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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272210
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Cuarta Parte; Pág. 169
LITISCONSORCIO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Cuarta Parte; Pág. 169
No en toda acción de nulidad de un acto traslativo de dominio hay litisconsorcio, de tal manera que necesariamente deba demandarse al enajenante y al adquirente, sino que basta que se emplace a este último.
Precedentes
Amparo directo 5583/57. Amalia Gravioto. 28 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.