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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272219
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Cuarta Parte; Pág. 175
POSESION, COMPUTO DE LA, PARA INTEGRAR LA PRESCRIPCION (LEGISLACION DEL ESTADO DE OAXACA).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Cuarta Parte; Pág. 175
La posesión debe computarse a partir del momento en que realmente principió, y no desde el momento en que se inscribió en el Registro Público el título relativo, dado que la inscripción no es elemento necesario para que la posesión pueda considerarse apta para producir la prescripción.
Precedentes
Amparo directo 5782/57. Juan de Dios Flores. 8 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.