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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
272237
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Cuarta Parte; Pág. 260

SENTENCIAS INCIDENTALES QUE NO SON INTERLOCUTORIAS (LEGISLACION DEL ESTADO DE COAHUILA).

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Cuarta Parte; Pág. 260

Precedentes

Amparo directo 5299/57. Antonio Pérez de Calderón y coagraviados. 29 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
Registro digital (IUS): 272237