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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
272245
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XVIII, Cuarta Parte; Pág. 19

ARRENDAMIENTO. EL DECRETO DE 24 DE DICIEMBRE DE 1948 ES DEROGATORIO DE TODAS LAS DISPOSICIONES DE LOS CODIGOS CIVIL Y DE PROCEDIMIENTOS CIVILES QUE SE OPONGAN A LAS DE AQUEL DECRETO.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XVIII, Cuarta Parte; Pág. 19

Precedentes

Amparo directo 4836/57. Arturo Chon Cuk. 3 de diciembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, Novena Parte, tesis 190, página 282, bajo el rubro "ARRENDAMIENTO. EL DECRETO DE 24 DE DICIEMBRE DE 1948 ES DEROGATORIO DE TODAS LAS DISPOSICIONES DE LOS CODIGOS CIVIL Y DE PROCEDIMIENTOS CIVILES QUE SE OPONGAN AL MISMO.".
Registro digital (IUS): 272245