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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
272257
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Cuarta Parte; Pág. 188

REVISION FORZOSA. LA PLENITUD DE JURISDICCION EN LA, SURTE EL EFECTO DE SUPLIR LA DEFICIENCIA DE LOS AGRAVIOS EN LA APELACION (LEGISLACION DEL ESTADO DE MICHOACAN).

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Cuarta Parte; Pág. 188

Precedentes

Amparo directo 5431/57. María de la Luz Martínez Ramírez. 10 de noviembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Registro digital (IUS): 272257