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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272262
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Cuarta Parte; Pág. 16
ACCION CONFESORIA, ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIHUAHUA)
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Cuarta Parte; Pág. 16
Aunque de las pruebas aportadas por el quejoso se desprenda sin lugar a dudas que se encuentra en posesión del predio especificado en su libelo, esa situación no es bastante para la procedencia de la acción confesoria; porque en dicho precepto se establece que se da dicha acción contra el tenedor o poseedor jurídico que contraríe el gravamen. Por lo que, si se trata de un poseedor que ejercita actos de dominio sobre el predio descrito en la demanda, sin que esté en conflicto con otro tenedor o poseedor jurídico que contraríe el gravamen o el derecho real del primero, puesto que el hecho de que los demandados hayan denunciado como terrenos municipales los poseídos por el actor, no coloca el caso dentro de los supuestos del artículo 11 del código procesal civil.
Precedentes
Amparo directo 397/57. Leonardo Aguirre Nuñez. 28 de noviembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 23, la tesis aparece bajo el rubro "ACCION CONFESORIA, ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE LA.".