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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272293
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Cuarta Parte; Pág. 186
PRESIDENTES MUNICIPALES, ACTOS DE LOS, RESPECTO A CONVENIOS SOBRE RELACIONES FAMILIARES (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Cuarta Parte; Pág. 186
El acta de que se habla, no tiene el carácter de documento público, porque si bien es auténtica y en su formación intervino un presidente municipal que es funcionario público, en cambio en sus funciones, no está comprendida la facultad para autorizar convenios sobre relaciones familiares y por tanto, carece de eficacia probatoria, para la demostración de la incompatibilidad de caracteres, como causa de divorcio, y si la responsable se desentendió de esto, infringió al artículo 308, fracción II, del Código de Procedimientos Civiles.
Precedentes
Amparo directo 5585/57. Catalina Mata de Martínez. 11 de noviembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.