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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272298
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Cuarta Parte; Pág. 206
SOCIEDAD LEGAL (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XVII, Cuarta Parte; Pág. 206
Para que pueda considerarse que un inmueble adquirido por uno de los cónyuges en lo personal y registrado exclusivamente a su nombre forma parte de la sociedad legal, debe demostrarse que el propio bien fue adquirido a costa del caudal común, de acuerdo con lo que disponen los artículos 200, fracción VI, y 212 del Código Civil del Estado de Hidalgo.
Precedentes
Amparo directo 5164/57. Abel del Toro Chávez. 5 de noviembre de 1958. Mayoría de tres votos. Disidente: Gabriel García Rojas. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.