Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/272339
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
272339
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Cuarta Parte; Pág. 116

PROCEDIMIENTO. VIOLACION AL. LA OMISION DEL ESTUDIO DE LAS APELACIONES PENDIENTES AL RESOLVERSE LA INTERPUESTA CONTRA LA SENTENCIA DEFINITIVA, NO PUEDE CONSIDERARSE COMO.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XVI, Cuarta Parte; Pág. 116

Precedentes

Amparo directo 3300/57. Policarpo Bonilla Sánchez. 3 de octubre de 1958. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alfonso Guzmán Neyra. Ponente: Gabriel García Rojas.
Registro digital (IUS): 272339