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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272378
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Cuarta Parte; Pág. 132
DIVORCIO, INJURIAS COMO CAUSAL DE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Cuarta Parte; Pág. 132
Para que proceda la causal de injurias graves es indispensable, ante todo, que se fijen en la demanda de divorcio los hechos en que consistieron tales injurias, así como las circunstancias del lugar y tiempo en que ocurrieron, a fin de que los demandados puedan defenderse de las imputaciones que se les hagan.
Precedentes
Amparo directo 1648/58. Fidelmar Vaca Rodríguez. 10 de septiembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.