Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/272402
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
272402
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Cuarta Parte; Pág. 262

REIVINDICACION, EFECTOS DE LA, EN CUANTO AL REGISTRO (LEGISLACION DE CHIHUAHUA).

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Cuarta Parte; Pág. 262

Precedentes

Amparo directo 3123/57. Pedro Veloz Martínez. 26 de septiembre de 1958. Mayoría de tres votos. Ponente: Gabriel García Rojas. Nota: En el Informe 1973, la tesis aparece bajo el rubro "ACCION REIVINDICATORIA, EFECTOS DE LA, EN CUANTO AL REGISTRO (CHIHUAHUA).".
Registro digital (IUS): 272402