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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272422
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Cuarta Parte; Pág. 16
ADULTERIO, COMPROBACION DEL.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Cuarta Parte; Pág. 16
El hecho de que en una casa de una sola habitación durmieran solos la acusada de adulterio y un tercero, lógica y humanamente produce la presunción de sus relaciones sexuales, lo cual es bastante para tener por probado el adulterio y por consiguiente la acción de divorcio intentada por ese motivo por el actor.
Precedentes
Amparo directo 2809/57. Jesús Ruiz Jiménez. 27 de agosto de 1958. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.