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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272427
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Cuarta Parte; Pág. 55
ARRENDAMIENTO, MORA EN EL PAGO, CAMBIO DE ARRENDADOR.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Cuarta Parte; Pág. 55
Aunque el comprador de una casa arrendada haya dado a conocer al inquilino su carácter de dueño, si no le notificó su domicilio o el lugar o persona a quien pagarse el precio del arrendamiento, no puede estimarse legalmente que el inquilino haya incurrido en mora al no pagar la renta a su vencimiento o aun doce días después, o que por ello haya dejado de cumplir el contrato, pues es lógico, jurídico y legal que el nuevo adquirente de un predio arrendado no sólo debe notificar al arrendatario su carácter de nuevo propietario sino que también debe convenir con él sobre el lugar y persona (en su caso), donde y a quién debe entregarse la renta.
Precedentes
Amparo directo 7/57. Lázaro Chapiro Axelarod y coagraviado. 13 de agosto de 1958. Cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.