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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272431
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Cuarta Parte; Pág. 76
COMISION, A QUIEN CORRESPONDE LA DIFERENCIA DE PRECIOS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Cuarta Parte; Pág. 76
Comisionada una persona para obtener un determinado producto a determinado precio y habiéndosele fijado una cantidad fija como comisión por cada cantidad del producto que conseguía, si lo obtuvo a menor precio que el que fue autorizado a pagar, las diferencias deben quedar a beneficio del comprador, pues es de suponer que el comisionista debía actuar procurando siempre obtener beneficios en favor del comitente, aun cuando la comisión pagada sea baja, si no se estipuló sobre la diferencia de precios.
Precedentes
Amparo directo 6303/57. Bernardo Cárdenas. 21 de agosto de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.