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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272495
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Cuarta Parte; Pág. 124
ARRENDAMIENTOS CONGELADOS. CAMBIO DE DESTINO. DECRETO DE CONGELACION.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Cuarta Parte; Pág. 124
Estipulado en un contrato de arrendamiento protegido por el decreto de congelación, que el inquilino queda autorizado para usar el departamento objeto del contrato, tanto para habitación como para consultorio, sin que se le obligue a darle ambos usos simultáneamente, no puede imputársele que no lo haya utilizado exclusivamente para habitación, máxime que el destino primordial del departamento es de habitación, cuando el inquilino lo vive con su familia y uno de los miembros de ella, o el propio arrendatario es médico y usa una parte del mismo como consultorio, razón por la cual es de considerarse comprendido el contrato en el decreto mencionado.
Precedentes
Amparo directo 2776/57. Justo Aceves Macías. 7 de julio de 1958. Mayoría de tres votos. Disidente: José Castro Estrada. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.