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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
272508
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Cuarta Parte; Pág. 171

CONFESION FICTA, VALOR DE LA.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Cuarta Parte; Pág. 171

Precedentes

Amparo directo 45/57. María Guadalupe Figueroa de Acevedo. 28 de julio de 1958. Mayoría de tres votos. Disidentes: Mariano Ramírez Vázquez y Alfonso Guzmán Neyra. Ponente: José Castro Estrada.
Registro digital (IUS): 272508