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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272510
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Cuarta Parte; Pág. 172
COPROPIEDAD.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Cuarta Parte; Pág. 172
Tratándose de un bien que por su propia naturaleza no admite cómoda división, debe, cuando ésta sea judicialmente solicitada, procederse a su venta y a la repartición del precio entre los copropietarios; pero no al sorteo de sus diferentes partes entre éstos, ya que este procedimiento no está autorizado en forma alguna por la ley.
Precedentes
Amparo directo 6236/57. Manuel Garay Junior. 16 de julio de 1958. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.