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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272516
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Cuarta Parte; Pág. 197
DEPOSITO DE FINCAS RUSTICAS DERIVADO DE SECUESTRO (LEGISLACION DE SINALOA).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Cuarta Parte; Pág. 197
Conforme al artículo 549 del Código de Procedimientos Civiles, el depósito de fincas rústicas derivado de un secuestro, no da a la parte que lo hace derecho a la posesión, sino sólo a la intervención de la finca.
Precedentes
Amparo directo 5674/57. Fernando Castro Gálvez y coagraviados. 10 de julio de 1958. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.