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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272535
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Cuarta Parte; Pág. 261
PRESCRIPCION ADQUISITIVA. LA RETENCION DE ESCRITURAS AJENAS NO PRUEBA EL CONCEPTO DE DUEÑO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Cuarta Parte; Pág. 261
El simple hecho de que una persona retenga en su poder una escritura de compraventa otorgada, no a su favor, sino al de persona distinta, no basta en ninguna forma para acreditar su posesión a título de dueña, sobre el inmueble a que se refiere la escritura, ya que podrá seguir reteniéndola indefinidamente, sin que este solo hecho la convierta en propietaria, ni tampoco le conceda el justo título necesario para la usucapión.
Precedentes
Amparo directo 7972/57. María Dolores Rivas viuda de Alvarez. 14 de julio de 1958. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.