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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272539
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Cuarta Parte; Pág. 270
PRESUNCIONES, PUEDEN INVOCARSE DE OFICIO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Cuarta Parte; Pág. 270
Las presunciones o indicios pueden invocarse de oficio aunque no las aleguen las partes, tanto más si se trata de observaciones hechas a simple vista por el Juez del conocimiento, con la cultura propia de su profesión y del oficio que desempeña.
Precedentes
Amparo directo 6291/56. Luis Mejía Landa. 16 de julio de 1958. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.