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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272541
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Cuarta Parte; Pág. 272
PRUEBAS, APRECIACION DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Cuarta Parte; Pág. 272
Siendo el fin último del derecho la realización de la justicia, el Juez, para conocer la verdad y resolver de acuerdo con ella, goza de la más amplia libertad para hacer el análisis y apreciación de las pruebas.
Precedentes
Amparo directo 6236/57. Manuel Garay Junior. 16 de julio de 1958. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.