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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272542
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Cuarta Parte; Pág. 273
QUEBRADOS, TESTIMONIOS DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Cuarta Parte; Pág. 273
Es inexacto que el testimonio de un quebrado carezca de idoneidad, en términos de los artículos 48, fracción II, y 122 de la Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos, ya que estas disposiciones limitan la capacidad del fallido para comparecer en juicios que tengan un contenido patrimonial y para desempeñar mandatos o encargos con esa finalidad.
Precedentes
Amparo directo 3122/57. Algodonera del Valle de Juárez, S. A. 9 de julio de 1958. Mayoría de tres votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.