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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272560
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Cuarta Parte; Pág. 357
TESTIGOS (PORTEROS).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Cuarta Parte; Pág. 357
El hecho de que los testigos sean empleados o dependientes de la parte que los presenta, no afecta su imparcialidad por sí sola, ni significa un uso imprudente del arbitrio judicial para valorar dicha prueba, si dichos testigos son porteros del edificio propiedad de quien los presentó y depusieron sobre el hecho de que determinada persona habitaba en tal lugar, pues los porteros son los que mejor pueden tener conocimiento de quienes son las personas que viven en los departamentos de un inmueble.
Precedentes
Amparo directo 2545/56. Carlos Hernán Rubio. 3 de julio de 1958. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.