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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272591
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Cuarta Parte; Pág. 133
CONTRATOS, PRECIO SEÑALADO EN LOS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Cuarta Parte; Pág. 133
Las cláusulas de un contrato deben interpretarse en su conjunto, según las reglas del derecho común, y si por voluntad de las partes se asignó un precio unitario igual a todas las clases de ganado por cabeza, aunque este precio varíe según el tipo de ganado de que se trate, ello tan solo significa que el contrato se firmó sin atender a la realidad de las cosas.
Precedentes
Amparo directo 5465/56. Hacienda "El Ojo", S. de R. L. 18 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 309, la tesis aparece bajo el rubro "CONTRATOS, PRECIO SEÑALADO EN LOS.".