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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272596
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Cuarta Parte; Pág. 136
DESAHUCIO. EXHIBICION DE ESCRITOS DE CONSIGNACION DE RENTAS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Cuarta Parte; Pág. 136
Si dentro del término de veinte días, señalado para el desahucio, el demandado contestó y acompañó escritos sellados por un juzgado de lo civil, en los que se decía acompañar certificados de depósito consignando a favor de la arrendadora todas las rentas correspondientes, desde ese momento y una vez que el Juez se cerciorara de que las consignaciones habían sido hechas debidamente, el juicio debió haberse terminado.
Precedentes
Amparo directo 7831/57. Domingo Aguilera Campos. 16 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.