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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272598
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Cuarta Parte; Pág. 137
DESAHUCIO. OPORTUNIDAD PARA PAGAR LAS RENTAS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Cuarta Parte; Pág. 137
Aunque las mensualidades se pagaron extemporáneamente en relación al plazo señalado en el contrato, ya que los depósitos nunca se hicieron por meses adelantados y con toda puntualidad, de cualquier manera, si con relación al plazo señalado en el artículo 492 del Código de Procedimientos Civiles y para los fines del juicio de lanzamiento, las mensualidades sí fueron pagadas con oportunidad, el juicio debió haberse terminado.
Precedentes
Amparo directo 7831/57. Domingo Aguilera Campos. 16 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.