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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272634
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Cuarta Parte; Pág. 259
REIVINDICACION, ELEMENTOS DE LA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Cuarta Parte; Pág. 259
Los elementos de la acción reivindicatoria quedan comprobados con una escritura de propiedad en donde conste que el reivindicante adquirió el predio; con la confesión del demandado de que ha retenido la tierra en disputa, aunque pretende ampararla con otro título de propiedad, si en él aparece adquiriendo una fracción con linderos distintos por los cuatro puntos cardinales. Además, aún suponiendo que el mismo inmueble hubiera sido objeto de doble venta, tiene prelación la escritura del actor si es anterior en fecha y en registro, y en cuanto al tercer elemento, o sea la identificación del predio, va implícito en los dos anteriores y se reafirma si hay dictámenes periciales al respecto.
Precedentes
Amparo directo 3423/57. Pascual Castro Pérez. 30 de enero de 1958. Mayoría de tres votos. Disidentes: Mariano Ramírez Vázquez y Vicente Santos Guajardo. Engrose: José Castro Estrada.