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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272635
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Cuarta Parte; Pág. 260
TESTIGOS, PRUEBA DE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XII, Cuarta Parte; Pág. 260
El hecho de que unos testigos sean los vendedores de un predio en disputa, no resta imparcialidad a los testimonios, ya que estando obligados a la evicción y saneamiento, si no tuvieran la seguridad en la corrección de la venta, esa especie de ratificación del contrato, mediante declaraciones en el juicio, podría presentar mas peligros y desventajas que beneficios para dichos informantes.
Precedentes
Amparo directo 3423/57. Pascual Castro Pérez. 30 de enero de 1958. Mayoría de tres votos. Disidentes: Mariano Ramírez Vázquez y Vicente Santos Guajardo. Engrose: José Castro Estrada.