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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272661
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XI, Cuarta Parte; Pág. 146
POSESION PARA PRESCRIBIR.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XI, Cuarta Parte; Pág. 146
Sólo la posesión que se adquiere y disfruta en concepto de dueño de la cosa poseída puede producir la prescripción, principio que consigna expresamente el artículo 826 del Código Civil de Coahuila, lo que no sucede cuando no queda revelada la causa de la posesión, entendiéndose por causa el motivo que le hubiera dado origen, independientemente de la sola estimación meramente subjetiva del poseedor.
Precedentes
Amparo directo 2038/57. Manuel M. Lozano. 9 de mayo de 1958. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.