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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272703
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Cuarta Parte; Pág. 193
PRUEBA TESTIMONIAL, REDUCCION DE LA. COMPETENCIA EN CASO DE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Cuarta Parte; Pág. 193
La resolución, confirmada en apelación y reclamada en amparo, que ordena que se tengan por ofrecidas determinadas pruebas, reduciéndose a dos personas la testimonial, para cuyo fin se previene al oferente para que en determinado término indique los nombres de quiénes rendirán testimonios, a efecto de ser citados, se refiere al procedimiento y es de las que pueden dejar sin defensa al quejoso, por lo cual, con fundamento en los artículos 158, bis, fracción I, y 159 de la Ley de Amparo, el expediente respectivo debe remitirse al tribunal colegiado correspondiente.
Precedentes
Amparo directo 2973/57. Virginia C. Azcárate. 9 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.