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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272722
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Cuarta Parte; Pág. 76
CONTRATOS, OBLIGACIONES ALTERNAS EN LOS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Cuarta Parte; Pág. 76
Convenido en un contrato que una de las partes tiene la obligación de escriturar a la otra el bien prometido en venta, o bien de pagarle una suma de dinero en concepto de pena convencional, dicha parte tiene a su cargo una obligación alterna y para elegir el cumplimiento de una de las prestaciones, no es necesario que acredite que no les es posible cumplir con la otra, cuando no esté estipulado que la obligación que se trata de cumplir se pactó sólo para el caso de que no se pudiera cumplir la otra, pues entonces el obligado no tendría libertad de elección de escriturar el bien o cubrir el importe de la pena convencional.
Precedentes
Amparo directo 3982/57. José Cañas Morales. 13 de marzo de 1958. Mayoría de tres votos. Disidentes: Mariano Azuela y Gabriel García Rojas. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.