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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272782
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Cuarta Parte; Pág. 204
PRESCRIPCION POSITIVA. POSESION EN CONCEPTO DE DUEÑO (LEGISLACION DE MICHOACAN).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Cuarta Parte; Pág. 204
Conforme al artículo 1068 del Código Civil, la posesión necesaria para prescribir debe ser: "I. En concepto de propietario; II. Pacífica; III. Continua, y IV. Pública". Corresponde probar estas cuatro condiciones al actor, y para justificar la primera es indispensable que se demuestre la causa que originó su posesión, para que el juzgador pueda determinar si la misma fue en realidad en concepto de dueño.
Precedentes
Amparo directo 2450/57. Juan B. Reséndiz. 10 de febrero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.