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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272790
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Cuarta Parte; Pág. 213
REIVINDICACION EN CASO DE COPROPIEDAD.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Cuarta Parte; Pág. 213
Si en copropietario pide la reivindicación "de la mitad de la finca rústica que le corresponde", y demanda tanto a su copropietario como a un tercero, esta manera de expresar su ejercicio de la acción reivindicatoria debe entenderse en tal forma que se le respeten sus derechos de copropietario frente a poseedores sin derecho; de tal suerte que debe interpretarse en el sentido de que demanda la reivindicación exclusivamente al tercero, el poseedor sin derecho, y no al copropietario, y que demanda la mitad de la finca porque el otro copropietario lo es simplemente del cincuenta por ciento del predio.
Precedentes
Amparo directo 3087/57. José Assad. 18 de febrero de 1958. Mayoría de tres votos. Disidentes: Gabriel García Rojas. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.