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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272800
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Cuarta Parte; Pág. 21
ARRENDAMIENTO. PAGO DE LA RENTA CON EL DEPOSITO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Cuarta Parte; Pág. 21
Es injustificada la causa de rescisión del contrato de arrendamiento, fundada en la falta de pago oportuno de determinada mensualidad, si se ha constituido un depósito, y de acuerdo con el contrato respectivo, el arrendador puede tomar el monto de dicho depósito para cubrir tal mensualidad.
Precedentes
Amparo directo 2383/57. María de Jesús Rangel. 24 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.