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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272822
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Cuarta Parte; Pág. 187
ENRIQUECIMIENTO ILEGITIMO. PRESTACIONES SIN CAUSA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Cuarta Parte; Pág. 187
Por causa debe entenderse el elemento justo y legal que determina la prestación que hace una de las partes a favor de la otra; pero si el elemento es ilegítimo, la prestación carece de causa y hay enriquecimiento indebido.
Precedentes
Amparo directo 4657/56. Petróleos Mexicanos. 10 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 429, la tesis aparece bajo el rubro "ENRIQUECIMIENTO ILEGITIMO. PRESTACIONES SIN CAUSA.".