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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
272829
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Cuarta Parte; Pág. 230

NULIDAD COMO ACCION Y COMO EXCEPCION.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen VII, Cuarta Parte; Pág. 230

Precedentes

Amparo directo 5356/56. Sofía E. de Macín y coagraviado. 23 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca,Volumen IV, Cuarta Parte, página 148, tesis de rubro "NULIDAD COMO EXCEPCION, ESTUDIO DE LA.".
Registro digital (IUS): 272829