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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272876
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Cuarta Parte; Pág. 154
SOCIEDAD LEGAL. BIENES PROPIOS DE LOS CONYUGES (JOYAS).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Cuarta Parte; Pág. 154
Cuando se trata de joyas de la familia de la esposa, que se han venido transmitiendo, resulta difícil la prueba directa concerniente a la propiedad exclusiva; de manera que es admisible la prueba de presunciones.
Precedentes
Amparo directo 5814/56. Bertha Gómez Salcedo de Sainz Aldrete. 25 de septiembre de 1957. Mayoría de tres votos. Disidentes: José Castro Estrada y Mariano Ramírez Vázquez. Ponente: Vicente Santos Guajardo.