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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
272877
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Cuarta Parte; Pág. 155

TERCERIAS. CUANDO HAY CONSENTIMIENTO DEL GRAVAMEN QUE GARANTIZA LA OBLIGACION PRINCIPAL.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Cuarta Parte; Pág. 155

Precedentes

Amparo directo 5814/56. Bertha Gómez Salcedo de Sainz Aldrete. 25 de septiembre de 1957. Mayoría de tres votos. Disidentes: José Castro Estrada y Mariano Ramírez Vázquez. Ponente: Vicente Santos Guajardo. Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 384, la tesis aparece bajo el rubro "TERCERIAS. CUANDO HAY CONSENTIMIENTO DEL GRAVAMEN QUE GARANTIZA LA OBLIGACION PRINCIPAL.".
Registro digital (IUS): 272877