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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272891
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Cuarta Parte; Pág. 39
ARRENDAMIENTOS CONGELADOS. CONTRATOS SUCESIVOS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Cuarta Parte; Pág. 39
Si una persona, como arrendadora, concierta sucesivamente con varias personas contratos de arrendamiento sobre una finca en la que se encuentra establecido un comercio, y en cada uno de los contratos se pactan rentas diferentes, el hecho de que la finca sirva para el mismo tipo de comercio no implica que se determine la dependencia de esos contratos sucesivos, si no se demostró que en los distintos traspasos del comercio se hubiesen traspasado también los derechos de arrendamiento de la localidad en que se encuentra establecida, y esto se encuentra desmentido precisamente por la multiplicidad de los contratos, ya que si se hubiesen traspasado esos derechos no habría sido menester celebrar nuevos contratos o bien se hubiese hecho constar en cada uno de ellos tal circunstancia.
Precedentes
Amparo directo 1523/57. Agustín Guzmán Ramírez. 22 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.