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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272906
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Cuarta Parte; Pág. 71
DIVORCIO, SEVICIA COMO CAUSAL DE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Cuarta Parte; Pág. 71
Un sólo acto de violencia, resultado de un movimiento momentáneo, de un impulso pasajero, no constituye sevicia. Para que se configure esta causal de divorcio es necesario que la crueldad provenga de una tendencia perversa, de un carácter violento y que se manifieste por una serie de actos.
Precedentes
Amparo directo 7298/56. Elisa Candiani de Bermúdez. 22 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Vicente Santos Guajardo.