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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272950
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Cuarta Parte; Pág. 133
EXCUSA DE LOS MAGISTRADOS DE CIRCUITO (ENEMISTAD).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Cuarta Parte; Pág. 133
Solamente en el caso de que la enemistad exista con las partes o sus patronos, se justifica la excusa o el impedimento de un Magistrado, pero no cuando haya tal enemistad con una persona autorizada para oír notificaciones en los términos del artículo 26 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Excusa 70/57. Cristina Sáenz de Martínez. 16 de octubre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Impedimento 66/57. Julio F. Pérez. 8 de octubre de 1957. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.