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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272956
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Cuarta Parte; Pág. 149
NULIDAD, MATERIA DE LA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Cuarta Parte; Pág. 149
Es obvio que si se sostiene que un acto no se celebró, sería incongruente que al mismo tiempo se demandara su nulidad; pero no puede existir dicha incongruencia cuando habiéndose negado la celebración de un acto determinado, al propio tiempo se reclama la nulidad de otro diverso.
Precedentes
Amparo directo 4701/52. Luis Girault. 2 de octubre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 583, la tesis aparece bajo el rubro "NULIDAD, MATERIA DE LA.".