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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272972
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Cuarta Parte; Pág. 18
ARRENDAMIENTO. EXCEPCION PARA PRORROGAR EL CONTRATO, CUANDO EL DUEÑO QUIERE HABITAR LA CASA (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Cuarta Parte; Pág. 18
El artículo 1125 del Código Civil no habla de una necesidad que deba justificarse, sino que dice: "quedan exceptuados de la obligación de prorrogar el contrato de arrendamiento los propietarios que quieran habitar la casa o cultivar la finca cuyo arrendamiento haya vencido"; por lo que es suficiente la simple manifestación de voluntad al respecto.
Precedentes
Amparo directo 276/57. "Papelería Jordán", S. de R. L. de C. V. 19 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.