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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272977
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Cuarta Parte; Pág. 71
ASOCIACION EN PARTICIPACION. FRACCIONAMIENTO EN EL DISTRITO FEDERAL.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Cuarta Parte; Pág. 71
Si se forma una asociación en participación para hacer un fraccionamiento, y una de las partes aporta el terreno y la otra (la asociante) sus conocimientos técnicos, personal especializado, organización, dinero y gestiones ante el Departamento del Distrito Federal para obtener la aprobación de los planos, proyectos y urbanización, es indudable que al hablar de la aportación de la parte asociante, los contratantes la refieren a las disposiciones reglamentarias sobre fraccionamientos de terrenos en el Distrito Federal. Ahora bien, como mientras no se cumplan las obligaciones del reglamento respectivo, no pueden vender los fraccionadores, se usa otorgar promesas de venta, y los contratos de venta sólo se celebran hasta que se conceda la autorización en escritura pública; pero el asociante no queda autorizado a firmar los contratos de promesa de venta, aunque sí a concertarlos, y sólo puede firmarlos y vender en definitiva los lotes, cuando se le haya otorgado la propiedad de los mismos. Por tanto, si no se ha trasmitido al asociante la propiedad del bien raíz aportado, por no haberse otorgado la escritura pública de aportación o enajenación, dicho asociante no puede vender los terrenos del fraccionamiento, máxime si no aparece que haya sido autorizado al respecto por el Departamento de Distrito Federal.
Precedentes
Amparo directo 2940/55. Gustavo Rocha. 4 de septiembre de 1957. Mayoría de tres votos. Disidente: Alfonso Guzmán Neyra. Ponente: Gabriel García Rojas.