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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272983
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Cuarta Parte; Pág. 80
COPIAS CERTIFICADAS DE DILIGENCIAS JUDICIALES, DECLARACIONES TESTIMONIALES EN LAS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Cuarta Parte; Pág. 80
La declaración que conste en la copia certificada del acta de una diligencia judicial celebrada por un actuario, constituye propiamente un testimonio que ni remotamente ha sido recibido con las formalidades de la ley, ya que no se dio oportunidad a la contraparte para que pudiera formular las repreguntas que hubiera estimado convenientes, no se protestó al testigo ni se recibió su testimonio ante la presencia judicial.
Precedentes
Amparo directo 3553/56. Ofelia M. viuda de Guajardo. 30 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.