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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 272988
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Cuarta Parte; Pág. 95
DIVORCIO, CAUSALES DE (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Cuarta Parte; Pág. 95
El artículo 87 del Código Civil de Tamaulipas enumera las diversas causas de divorcio en sus diez primeras fracciones, y en su fracción XI atribuye la misma eficacia a cualquiera otra de gravedad semejante a las previstas, que a juicio de los tribunales competentes haga inconvenientes las relaciones sexuales y la convivencia de los cónyuges. La aplicación de esta última disposición debe ser realizada por los Tribunales dentro de los límites de la mayor prudencia, teniendo en cuenta que la conservación del matrimonio, como base de la familia que es a su vez fundamento de la sociedad, es de interés público.
Precedentes
Amparo directo 4417/56. Isaías Salazar Vázquez. 12 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.