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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 273009
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Cuarta Parte; Pág. 157
PERSONALIDAD, EXAMEN DE LA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Cuarta Parte; Pág. 157
Las cuestiones de personalidad son examinables en cualquier tiempo, tanto en primera como en segunda instancia, por la sencilla razón de que sería antijurídico y violatorio de garantías una contienda en la que una de las partes no estuviera legítimamente representada, aparte de que sería absurdo condenar o absolver a quien por no estar debidamente representado, resultaría un tercero extraño al juicio.
Precedentes
Amparo directo 2374/56. Silverio Galicia Ornelas. 18 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.